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Abogados derecho inmobiliario en Torrevieja

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Desde nuestro despacho de abogados en Torrevieja, 3 de Tres abogados, somos especialistas en derecho inmobiliario y sus amplias ramas, ofrecemos un primer asesoramiento totalmente gratuito, informándole de aquellos asuntos relacionados con el derecho inmobiliario, como sería, la adquisición, la propiedad, los derechos reales, y los distintos tipos de negocios jurídicos sobre los bienes inmuebles, como, la modificación, transmisión, extinción, la constitución de hipoteca, etc.

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¿Quiere adquirir una vivienda?

Si está pensando en adquirir una vivienda en España, a continuación, le exponemos los trámites a seguir:

En primer lugar, debemos distinguir si nos encontramos ante una adquisición de obra nueva o si estamos comprando una vivienda de segunda mano.

En el caso de la adquisición de obra nueva, será la adquirida directamente al promotor, encontrándose la operación de compraventa sujeta a IVA, y siendo actualmente del 10% de IVA, y para el caso de viviendas de protección oficial aparece reflejado el 4% de IVA.

Si realiza una compra de vivienda de segunda mano, estará exenta de IVA, teniendo en cambio que abonar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales).

Es recomendable realizar con carácter previo a la compra una consulta al Registro de la Propiedad, mediante la solicitud de la emisión de una nota simple informativa, donde podrá comprobar si la vivienda esta libre de cargas y embargos, o si se encuentra constituida algún tipo de hipoteca sobre la misma. En el caso de existir hipoteca, podrá subrogarse en la misma, adquiriendo los derechos y obligaciones o, por el contrario, suscribirla con otra entidad bancaria, o si dispone del dinero suficiente podrá directamente cancelarla.

También es recomendable, para el caso de existir comunidad de vecinos, realizar un requerimiento al administrador para que informe del estado de las cuentas.

Una vez realizados todos los pasos previos, se procede a firmar el “contrato de arras”, detallando el precio de venta, forma de pago y entregando una cantidad de dinero en concepto de señal, pudiendo ser esta entrega considerada como arras confirmatorias o penitenciales.

Las arras confirmatorias son consideradas como el anticipo de dinero, que, en caso de incumplimiento, la parte perjudicada podrá escoger entre el cumplimiento o la resolución de la obligación con resarcimiento de daños y perjuicios, así como los intereses que correspondan desde la fecha de firma del contrato de arras.

En cambio, las penitenciales permiten que, en caso de desligarse el comprador perdería las arras entregadas, y si se rescinde el contrato por el vendedor, éste deberá devolverlas duplicadas.

Existe otro tipo de arras, menos utilizadas en la práctica, como son las arras penales, que ante un incumplimiento del precontrato conllevan, la pérdida total o parcial de las arras entregadas o su devolución más un importe convenido, sin perjuicio de poder reclamar posteriormente el cumplimiento de la obligación.

Si bien este tipo de contrato no es obligatorio, es muy utilizado en la práctica de compraventas para asegurar la venta por parte del comprador y la adquisición por parte del comprador.

Una vez se realice el contrato de compraventa en documento público ante notario, se devengará IAJD (Impuestos sobre Actos Jurídicos Documentados), siendo un impuesto que rondan el 0,5% – 1,5% del importe total de la venta, el cual se le sumará el IVA, y es abonado por el comprador.

Dependiendo de la Comunidad Autónoma los impuestos serán abonados en el plazo de los 30 días hábiles o un mes siguiente a la fecha de la escritura.

La compraventa de un bien inmueble supone un gasto notorio en su economía, por ello desde 3detres abogados Torrevieja, le asesoramos durante todo el proceso de compra, asistencia a notaria, liquidación de impuestos, alta y baja de suministros, etc.

¿Necesita un contrato?

Desde 3detres abogados Torrevieja, asesoramos a nuestros clientes en todo lo relativo a la compraventa de bienes inmuebles, redacción de contratos, asistencias, etc.

Nuestro equipo de profesionales en derecho inmobiliario elaborara por usted el contrato que necesite.

¿Problemas con su vivienda tras la compraventa?

Aquellos defectos graves existentes en la construcción de la vivienda que dificultan y hacen que la vivienda no cumpla de forma adecuada su función de habitabilidad, como pueden ser defectos de construcción, calidades, humedades, filtraciones, en tuberías, ladrillos, agrietamientos, cimientos, etc.

Dependiendo del tipo de vicios, en base a la Ley de Ordenación de la edificación, podrá reclamar y responderán frente a los mismos el constructor, el contratista, el arquitecto, o incluso el vendedor, promotor y aparejador dependiendo de la intervención y responsabilidad de cada uno de ellos.

La responsabilidad de estos podrá ser contractual o extracontractual en función del vinculo que una al propietario con el la figura que haya participado en el proceso de edificación.

El plazo para reclamar dependerá si los vicios son por defectos en la construcción o por incumplimientos contractuales, siendo de diez y quince años

Si tras la compraventa de su vivienda, aparecen vicios que afectan a la seguridad estructural o habitabilidad, de forma que dificultan el uso y disfrute de la misma, en abogados 3 de Tres Torrevieja especialistas en derecho inmobiliario, realizamos las reclamaciones oportunas para conseguirle el disfrute en la vivienda adquirida, reclamando todos los daños y perjuicios ocasionados por la compraventa.

Para concertar una cita con nosotros puede contactarnos en el teléfono 96 620 94 94 o bien en nuestro correo electrónico torrevieja@3detresabogados.com, o a través de nuestro formulario de contacto.

En nuestro bufete de abogados también le podemos ofrecer: